Puede hacerse socio de la SNE cualquier persona, entidad, organización o empresa que lo solicite, cumplimentando la ficha de inscripción anexa y abonando las cuotas anuales establecidas. Las candidaturas deben estar avaladas al menos por dos socios en activo y ser aceptadas por la Junta Directiva.
Para ser socio individual es imprescindible estar o haber estado vinculado profesionalmente a actividades científicas, técnicas o industriales relacionadas con la energía nuclear. Este requisito no es necesario para los socios estudiantes, que, en todo caso, deben estar cursando uno de los dos últimos años de carrera.
SERVICIOS A SOCIOS
Los socios de la SNE reciben mensualmente, sin cargo, la Revista de la SNE, así como aquellas otras que se acuerden con otras organizaciones como la ENS, y reciben información, puntualmente, de todas aquellas actividades propias y ajenas que se desarrollen y pudieran ser de interés.
Además, pueden incorporarse a las Comisiones de Trabajo establecidas y acceder a los cargos de representación de la Junta Directiva.
Los socios individuales se benefician de cuotas reducidas para la inscripción en la Reunión Anual de la Sociedad y en aquellas otras actividades que organice la SNE, y gozan de prioridad a la hora de recibir información, publicaciones o, en el momento de la inscripción, de actividades con convocatoria restringida.
Los socios colectivos cuentan con una tarifa especial para la reserva de recintos comerciales en la Exposición de la Reunión Anual y pueden nombrar un representante que, a todos los efectos, tiene los mismos derechos de un socio individual.
Otros beneficios que obtienen los socios son:
Reducción, para socios jubilados, del 50% de la cuota de inscripción en reuniones.
Cuota de inscripción reducida para socios estudiantes.
Descuento adicional del que se beneficiarán los socios colectivos y empresas que inscriban de forma colectiva a dos o más empleados que sean socios en
actividades organizadas por la Sociedad y cuando ello se indique.
Además, la Sociedad tiene suscrito un acuerdo de cooperación con el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos por el que los socios pueden acceder a los servicios ofrecidos por los servicios e instituciones de CICCP a sus colegiados y que incluyen, entre otros, los del Fondo de Asistencia Mutua (FAM), organización responsable de los planes de pensión y jubilación.


Socios
